Exonerados 76.770,51 € en Gran Canaria.

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Exonerados 76.770,51 € al Sr. R L K, en virtud de Auto de fecha 11 de enero de 2024, mediante el cual se concede el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, dictado por el Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Las Palmas de Gran Canaria.

En fecha 11 de enero de 2024, se dicta por el Excmo. Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 LPGC, Auto por el cual a mi cliente se le concede, tras haberlo solicitado esta parte, el objetivo marcado en su defensa, como era la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, es decir, que el cliente ya no tiene la obligación de pagar la deuda. El cliente, de profesión marinero, tras haber caído en un infortunio accidente que no le ha permitido seguir con sus actividad laboral, y que le ha llevado a ser reconocido de una IPT, con la pérdida económica que eso supone, respira muy aliviado, no sólo por la consecución del objetivo, sino también por tener esa segunda oportunidad que tanto ansiaba, y que le permitirá vivir sin la presión constante de los acreedores, exigiendo de forma automática y completamente abusiva que cumpla con sus obligaciones. El cliente encuentra en la Justicia un sistema verdaderamente reparador y, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que sustentaban nuestra solicitud de apertura de concurso, y posterior solicitud de EPI, sin oposición alguna de los acreedores, logramos alcanzar el objetivo. ¡Enhorabuena!

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